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Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso. Nadie podrá ser juzgado sino con base en normas preexistentes al acto que se le imputa y por hechos que sean considerados hechos punible, faltas
Explicación:
Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.
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