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Artículo 2: Ser libre de discriminación
El artículo 2 establece que toda persona tiene derecho a las libertades enumeradas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.” Las palabras “otra condición” se citan con frecuencia para ampliar la lista de personas protegidas de manera específica.
Explicación:
Me das coronita porfavor? :'D
milagrosaquino54:
gracias amiga
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