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Respuesta dada por:
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Respuesta: La ley establece dos tipos de incapacidades; absolutas y relativas: Las principales diferencias entre la incapacidad absoluta y relativa radica en que: Los incapaces absolutos necesitan un representante para participar en sus derechos y los relativos requieren de un representante o permiso del representante.
Explicación: Ojala Te Ayude :)
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