por favor que alguien me ayude con esto es para aurita

Qué opinas de esta disposi-
ción de la Comisión Interarne
ricana de Derechos Humanos:
"70. La protección de la hon-
ra y la reputación, cuando se
alega una afectación mediante
el uso de Internet, debe res-
ponder en general a criterios
de ponderación similares a los
que se utilizan en otros ámbi-
tos de la comunicación. En par-
ticular, como lo ha sostenido
de manera reiterada la CIDH,
resulta desproporcionada la
aplicación del derecho penal
cuando se trata de discursos
especialmente protegidos, esto
es, informaciones o expresio-
nes sobre asuntos de interés
público, funcionarios públicos
o personas voluntariamente
comprometidas en asuntos de
interés público".

Respuestas

Respuesta dada por: sheilysegura123
0

Respuesta:

mmmmmm nose ay tedigo cuando la aye

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