• Asignatura: Historia
  • Autor: samiramiglioranza20
  • hace 2 años

Por favor necesito ayuda!!!
explica con tus palabras articulos de la constitución nacional del 1 al 20​

Respuestas

Respuesta dada por: rosamariaakecaamal
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Respuesta:

Artículo 1: Garantiza el derecho de todas las personas y mayormente su protección

Artículo 2: Protege los derechos de los pueblos indígenas

Artículo 3: Garantiza el derecho a la educación

Artículo 4: Libertad de las personas para decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos, a la protección de su salud y derecho a un medio ambiente sano, al igual garantiza la igualdad de ambos géneros (hombres y mujeres)

Artículo 5: El Artículo 5, aclara que DE LA TORTURA Y DE OTROS DELITOS. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7: El Artículo 7 es similar al Artículo 6, ambos garantizan principalmente la libertad de expresión y más que nada que el compartir ideas, opiniones y demás no es algo que viole la ley, por lo que todos pueden compartís sus ideas y demás, aunque claro, la libertad de expresión tiene un límite

Artículo 8: Este Artículo garantiza el derecho de petición. Este Artículo dice claramente "Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República", lo cual da a entender que se garantiza el derecho de petición siempre y cuando la petición sea formulada por escrito, de manera específica y sobre todo, respetuosa

Artículo 9: El Artículo 9 protege 2 derechos: El de Asociación y Reunión.

Artículo 10: Este Artículo dice claramente que todo ser humano tiene derecho a portar armas en su domicilio, con la finalidad de su propia protección y seguridad

Artículo 11: Da el derecho de poder viajar a otros lugares, vivir en otros territorios, y mudarse de residencia

Artículo 12: Protege el derecho a la privacidad se presenta como un pasaporte que refuerza otros derechos, en la red y fuera de la red, incluyendo los derechos a la igualdad y a la no discriminación, y a la libertad de expresión y reunión.

Artículo 13: Podrán admitirse nuevas provincias en la Nación; pero no podrá erigirse una provincia en el territorio de otra u otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso.

Artículo 14: El Artículo 14 dicta que nadie podrá ser privado de su libertad, posesiones o derechos, sino es mediante un juicio

Artículo 15: Este Artículo dice que todos los seres humanos desde que nacen tienen derecho a gozar de los derechos que se establece

Artículo 16: Nadie podrá ser molestado en su domicilio, ni le podrán arrebatar sus posesiones, y demás sin que haya un mandamiento, o un papel que lo argumente, funde o de la causa, claramente tiene que ser un papel que tenga una legal causa que motive esos hechos

Artículo 17: Este Artículo tiene precisamente la finalidad de que se le otorgue un abogado y demás cosas, como juicios, etc... Los cuales serán gratuitos

Artículo 18: La Constitución Nacional en su artículo 18 establece que “ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

Artículo 19: Este Artículo dice que ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias. De igual forma dice que todos pueden manifestar sus ideas, pensamientos y opinión sin ser molestados, aunque claro que debe ser respetado mientras esa persona igual respete a los demás.

Artículo 20: En este artículo se dicta que el acusado/ la acusada, tiene derecho a presentar pruebas y testigos, y a ser tratados de una forma respetuosa por los jueces, abogados y demás

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