Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
169 es la no discriminación. El artículo 3 del convenio establece que los pueblos indígenas tienen el derecho de gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las culturas e identidades indígenas y tribales forman una parte íntegra de sus vidas.
Guatemala lo adoptó el 5 de junio de 1996. El objetivo del convenio essuperar la discriminación que afecta a los pueblos indígenas y tribalesy hacer posible que participen de la toma de decisiones que afectan su vida. Los gobiernos de los países ratificantes son los responsables de aplicar el acuerdo.
Preguntas similares
hace 2 años
hace 2 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años