Respuestas
Respuesta dada por:
2
Explicación:
Artículo 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. ... Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
El artículo 19 de la Constitución Nacional en su primera parte establece: "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".
formichelligabrielaa:
en que se relaciona con los derechos civiles? respuesta por favor
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