¿Cómo se pide permiso cuando el autor ha muerto?
¿Quién recibe el dinero cuando el autor ha muerto?
¿Qué sucede cuando se acaba el derecho de autor?
¿Cómo varían los derechos de autor de un país a otro?
plis AYUDAME DOY CORONA
Respuestas
Respuesta:
1. Son los herederos del autor fallecido quienes, en una buena parte de los casos, negocian los derechos sobre las obras una vez acaecido el fallecimiento, hasta que la obra pase al dominio público.
2. Al fallecimiento del autor, únicamente se transmite a sus herederos, sin limite de tiempo, el ejercicio de los derechos a que se refiere los incisos a) y b) del artículo 19 de esta Ley. A falta de herederos, el ejercicio de esos derechos corresponde al Estado.
3. A diferencia de los derechos morales, los derechos patrimoniales son en esencia transferibles y sometidos a un termino de duración de la protección que en Colombia, por regla general, es el de la vida del autor más ochenta años después de su muerte.
4. Acude al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) para obtener el registro de tu obra literaria o artística, para seguridad jurídica como autor y/o titular de los derechos patrimoniales.
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Gracias
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Te lo agradezco