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Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 196-2010-CG se aprobó la Directiva Nº 002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra”; que, el numeral 5.2 de las Normas Generales de Control Gubernamental aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG disponen que el ejercicio de los servicios de control previo para las modalidades establecidas en la Ley Nº 27785, se regula por la normativa específica que para cada caso emite la Contraloría, de acuerdo a su competencia funcional;
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Espero que te ayude :)
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