Respuestas
Respuesta dada por:
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Respuesta:
-Huelga laboral: es la que tiene lugar por causas derivadas de la propia relación de trabajo.
-Huelga extralaboral: es la que se lleva a cabo por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados.
Explicación:
La Ley reconoce el derecho a la huelga, cuando tenga por objeto solidarizarse con huelgas lícitas declaradas por los Trabajadores de otras empresas. ... Ni los Trabajadores ni los Empleadores podrán interponer reclamación o recursos respecto del asunto principal.
montoyaedisson99:
muchas gracias
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