• Asignatura: Historia
  • Autor: danieladarajademecat
  • hace 2 años

La constitución de 1917 se veía como una amenaza

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Respuesta dada por: valentinaromerov
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Respuesta:Considerada como el máximo instrumento normativo del sistema jurídico mexicano sobre el que se establecen los derechos y deberes de la sociedad y de las autoridades, la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es producto de diversos documentos similares que la antecedieron. Dicho documento, expuso el especialista, es también producto de la Revolución Mexicana de 1910, en el sentido histórico-político, y una extensión de los principios básicos de la Constitución de 1824. Dicha Constitución, añadió, se caracterizó como un documento confesional en el que se reconoció al Estado mexicano como de una sola religión , que era la católica, precepto que desapareció en la Constitución de 1857. Por ello, la de 1917 sin duda es una de las primeras constituciones que establece ese principio importantísimo de la laicidad, que es un principio que caracteriza a cualquier Estado constitucional contemporáneo , indicó Salazar Ugarte en entrevista.

Aunque es un escrito moderno, la Carta Magna de 1917 también se nutrió y retomó diversos principios de otras constituciones. De esa forma, el también miembro del Sistema Nacional de Investigadores recordó que la Constitución de 1824 establecía la división de poderes y tenía un catálogo más o menos robusto de derechos fundamentales , que también se proyectaron en el documento de 1857, y luego en el documento actual. Sobre esto, subrayó que si se lee el discurso que Venustiano Carranza presentó a la Asamblea Constituyente en Querétaro, se puede dar cuenta de que lo que en realidad propone no es una nueva constitución, sino una reforma a la de 1857 . Incluso, en este repaso histórico, la Constitución de Cádiz también influenció al marco normativo actual, no obstante que ésta no se aprobó materialmente en territorio mexicano, y que instituyó diversos puntos como los derechos humanos y la soberanía de la nación.

El experto indicó que también hay otras tradiciones que a veces se olvidan y que se fueron plasmando en constituciones de corte centralista y más conservador. Tal es el caso de la Constitución de 1836 que no pertenece a esta estirpe liberal, pero que también fue un documento constitucional históricamente relevante en su momento en México , expuso el especialista. Salazar Ugarte explicó que todas esas constituciones son muy parecidas, ya que tienen preceptos que fueron recogiéndose de una a otra hasta la Carta Magna de 1917. En efecto, la Constitución de 1917 es heredera y de alguna manera continuidad de las constituciones liberales del siglo XIX , resaltó.

Por otro lado, las diferencias más marcadas entre dichos documentos se dan por la corriente o corte de pensamiento que dieron cauce a los principios que en ellas se plasmaron, esto es, las constituciones federalistas-liberales, y las centralistas-conservadoras. Nuestra Constitución ha sido muchas veces reformada para adecuar su texto a los desafíos que los procesos históricos, a lo largo del siglo XX y los primeros años del XXI, ha planteado la Constitución Mexicana , refirió. Las constituciones no sólo son documentos jurídicos, son expresión de momentos políticos y me parece que la situación actual del país no ha madurado las condiciones para que sea previsible un nuevo acuerdo constitucional , concluyó.

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