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Explicación:
Para contraer Matrimonio Civil un menor de edad debe tener como mínimo 16 años cumplidos, expresar su voluntad de casarse y contar con el asentimiento expreso (autorización) de sus padres. Es necesario presentar también una Dispensa Judicial que permita el matrimonio.
Asentimiento de los padres
Si los padres no dan su asentimiento, el matrimonio no puede realizarse. Asimismo, los padres no necesitan justificación alguna para negarse y si la negativa es de ambos, no hay recurso contra ella. Cuando uno de los padres del menor está de acuerdo con el matrimonio y el otro no, se considera que hay asentimiento y puede realizarse el matrimonio.
A falta de los padres o incapacidad de estos, pueden dar su asentimiento los abuelos. Ante la falta de padres y abuelos, el Juez de Menores puede otorgar una Licencia Supletoria que permita el matrimonio del menor de edad.
Selecciona la municipalidad
Los contrayentes deben acudir a la municipalidad distrital o provincial a la que corresponda al domicilio de uno de ellos.
Existe una serie de requisitos generales para casarse civilmente, pero cada municipalidad establece los detalles sobre las características de los documentos o la manera y plazos para presentarlos.
Para conocer las condiciones en tu caso, comunícate con la municipalidad donde deseas casarte o revisa su página web, si la tuviera. Puedes encontrar la información de contacto en este buscador de municipalidades provinciales y distritales del Perú.