• Asignatura: Arte
  • Autor: andresco2216
  • hace 3 años

preguntas de patrimonio cultural inmaterial en el Perú

Respuestas

Respuesta dada por: illaryruiz
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Explicación:

1. ¿Qué es el Decreto de Urgencia N° 058-2020?

Debido a la Emergencia Sanitaria por el COVID-19 muchas

personas y grupos de personas (asociaciones, comunidades,

instituciones, etc.) vinculados a las artes, las industrias

culturales y al patrimonio cultural inmaterial han visto

afectadas sus actividades, lo cual ha tenido- una serie de

impactos socioeconómicos. Para amortiguar esos efectos el

gobierno aprobó mediante el D.U. 058-2020 dos mecanismos

extraordinarios en materia económica.

2. ¿Cuál es el objeto de la norma?

El Decreto de Urgencia tiene por objeto amortiguar el

impacto originado en las Industrias Culturales, las Artes, así

como en las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial

y afines, como consecuencia de la Emergencia Sanitaria a

fin de garantizar el acceso, oferta, producción, circulación y

promoción de bienes y servicios culturales.

Estas actividades incluyen diversos sectores como el

cinematográfico, las artes escénicas, el circo, la música,el sector editorial, el diseño, así como las expresiones de

patrimonio cultural e inmaterial, entre las cuales se incluyen

la música, la danza, la culinaria, el arte popular y la medicina

tradicionales.

3. ¿Cuál es el monto asignado y cuáles son sus mecanismos?

La norma propone una asignación de S/ 50 000 000.00

(cincuenta millones de soles) para la ejecución de dos

medidas que permitan el amortiguamiento del impacto

económico: (i) el otorgamiento de apoyos económicos a

favor de personas naturales y jurídicas y (ii) la adquisición de

contenidos culturales.

4. ¿Para qué fines se otorgarán los apoyos económicos?

Los apoyos económicos se otorgarán a personas naturales y

jurídicas dedicadas a Actividades Culturales afectadas por las

medidas adoptadas en el marco de la Emergencia Sanitaria.

Se distribuye de acuerdo a las finalidades planteadas en la

norma y a los distintos sectores involucrados como las artes

escénicas, visuales y musicales; el cine y el audiovisual; libro

y lectura; y las expresiones y manifestaciones del Patrimonio

Cultural Inmaterial.

Para acceder a dichos apoyos, los solicitantes deberán

acreditar:

• Ser trabajador de la cultura

• La afectación de sus actividades culturales en el marco

de la emergencia sanitaria

• Presentar un plan de amortiguamiento que incluya las

acciones a desarrollar.

5. ¿Cuál es la finalidad de la adquisición de contenidos

culturales?

Tiene como finalidad, entregar a la ciudadanía contenidos

culturales relevantes sobre los derechos fundamentales,

tales como la promoción dniños y adolescentes, respeto y cuidado del patrimonio

cultural, la prevención de la violencia hacia las mujeres, la

promoción de la diversidad cultural, la eliminación de la

discriminación en todas sus formas, entre otros. Además, la

adquisición permitirá que los beneficiarios tengan liquidez

para amortiguar el impacto económico que los creadores/

autores han tenido dentro del marco de la emergencia

sanitaria lo que les permitirá reactivarse.

6. ¿Para el caso del Patrimonio Cultural Inmaterial quienes

podrán acceder?

Pueden acceder colectivos de portadores de expresiones de

patrimonio cultural inmaterial, es decir grupos de personas

que practican y transmiten expresiones culturales. Estos

grupos de personas pueden solicitar el apoyo a través de

representantes acreditados, aunque no necesariamente

tenga personería jurídica.

7. ¿Cuáles son los beneficios del decreto de urgencia?

• Permitir el amortiguamiento económico de las artes, las

industrias culturales y el patrimonio cultural inmaterial a

través del otorgamiento de Apoyos Económicos, haciendo

frente a la ruptura de la cadena de pagos en el sector.

• Permitir el acceso a contenidos culturales por parte de la

ciudadanía, a través de la compra de contenidos culturales

que serán puestos a disposición en plataformas digitales

y otros medios de comunicación y difusión. Ello permitirá

asimismo que los creadores de los contenidos puedan

tener un espacio de difusión de sus obras, así como una

fuente de ingresos.

• Mejorar la información del sector en este contexto,

dado que se emitirán disposiciones para coadyuvar con

la sistematización del registro de personas naturales

y jurídicas que se dedican a fines culturales, creadores,

productores de arte y de especialidades afines; así como

de bienes del patrimonio cultural.preguntas de patrimonio cultural inmaterial en el Perú

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