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En este mismo sentido, Adela Cortina (2005) distingue seis tipos de ciudadanía: ciudadanía política, ciudadanía social, ciudadanía económica, ciudadanía civil, ciudadanía intercultural y una ciudadanía cosmopolita.
Explicación:
Cuando nos referimos a "ciudadanía restringida" nos referimos a un grupo de la sociedad en específico, es decir, segmentamos a los ciudadanos en distintos grupos o clases y elegimos uno. Por otro lado, la "ciudadanía amplia" es todo lo contrario. Se refiere a los ciudadanos como un total, una masa unida sin separar.
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