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Desde mediados del siglo XVIII, los mineros novohispanos demandaron la constitucionalización de un cuerpo gremial, para 1776 el Rey decretó la formación de un cuerpo formal y les encargó que redactaran las Ordenanzas de Minería, en las cuales se les otorgaron tres nuevos privilegios: la creación del gremio, el ejercicio de la representación centralizada a través del Tribunal General de Minería y facultades contenciosas en asuntos de minería. En este artículo se estudia la formación del tribunal y el uso de la facultad contenciosa para resolver las controversias que surgían en torno a los minerales. Fue evidente que la justicia se convirtió en un mecanismo de los mineros para la satisfacción de sus intereses particulares bajo el discurso de contrarrestar la incertidumbre propia de la labor minera.
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La sociedad novohispana, imbuida de misticismo y superstición entremezclados con los cambios climáticos, pestes, terremotos, epidemias e inundaciones, sumergida desde su origen en una tremenda desigualdad social, y con cotos de poder muy claros, durante el siglo XVIII vivió la repercusión de los cambios intelectuales
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Saludos y gracias por los puntos......