AYUDA ME RESPONDEN ESTO: SE LOS AGRADECERÉ CON CORONA PIBES Y PIBAS

Regla general de sucesión: -7, -11, -15,...
a) -4n + 3
b) -7n - 3
c) -7n + 3
b) -4n -3

Regla general de sucesión: -3, -8, -13,...
a) -2n - 3
b) -2n + 3
c) -5n + 2
d) -5n - 2

Regla general de sucesión: 0, -8, -16, -24,...
a) -8n + 8
b) -8n - 8
c) -4n - 12
d) 8n - 8

Regla general de sucesión: -1, -3, -5,...
a) 2n - 3
b) 2n + 13
c) - +
d) -2n - 3

Respuestas

Respuesta dada por: danielzav400
1

Respuesta:

/A / d. b. a. d. d. c de nada pibe


Anónimo: GRACIAS CRACK AQUÍ TIENES LA DE REY
Anónimo: a ver a ver no entendí la primera cual es?
Respuesta dada por: 3julian3
0

Respuesta:

TITULO III

DE LA PLURALIDAD DE HEREDEROS

CAPITULO I

DEL ESTADO DE INDIVISIÓN

Art. 2516.- Cuando dos o más personas fueren simultáneamente llamadas a la herencia, la masa pertenecerá en común a todas ellas, hasta que se verifique la partición.

Art. 2517.- Forman parte de la masa hereditaria:

a) los bienes dejados por el causante;

b) lo adquirido en virtud de un derecho de la herencia, o como indemnización de un daño experimentado por ella, o por un acto jurídico referente a ella; y

c) los frutos de los bienes sucesorios.

Art. 2518.- Mientras los bienes permanezcan indivisos, la administración corresponderá en común a todos los coherederos, bajo las reglas siguientes:

a) el administrador será el cónyuge supérstite. En su defecto, si no fuere idóneo, o si hubiere oposición de intereses, el juez designará a la persona que deba ejercer la administración;

b) cada coheredero deberá prestar su concurso en la medida conveniente para la gestión, sea ésta en general o particular; y

c) se aplicará subsidiariamente al caso, lo dispuesto sobre la administración de la cosa común.

Art. 2519.- Podrán los coherederos durante la indivisión:

a) disponer de sus derecho hereditarios, pero no de parte alguna de un bien hereditario determinado;

b) adoptar las medidas conservatorias de los derechos sucesorios, y deducir las acciones correlativas, por el todo, sin el concurso de los otros coherederos;

c) demandar la petición de herencia y ejercer las acciones reales y posesorias que competan a la sucesión, sin perjuicio de la intervención de los demás

Explicación paso a paso:


Anónimo: que pedo?
Anónimo: ._.?
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