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En lo atinente a las sanciones el Decreto Reglamentario 472 de 2015, ha señalado que se pueden presentar 4 tipos de sanciones:
Sanción pecuniaria o multa.
Clausura temporal del lugar de trabajo.
Cierre definitivo del lugar de trabajo.
Suspensión inmediata del lugar de trabajo.
Saludos.
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En lo atinente a las sanciones el Decreto Reglamentario 472 de 2015, ha señalado que se pueden presentar 4 tipos de sanciones:
Sanción pecuniaria o multa.
Clausura temporal del lugar de trabajo.
Cierre definitivo del lugar de trabajo.
Suspensión inmediata del lugar de trabajo.
Explicación:
corona plisss
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