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¿Sabías que en el artículo 45 del Código de la Niñez y Adolescencia se menciona que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a buscar y escoger información y a utilizar los diferentes medios y fuentes de comunicación?

El Estado, la sociedad y la familia, deben garantizar que los niños, niñas y adolescentes deben recibir una información adecuada, veraz y pluralista; y proporcionarles orientación y una educación crítica que les permita ejercitar apropiadamente sus derechos. Para garantizar este derecho en el Art. 47 del código se establece que el Estado deberá: a) Requerir a los medios de comunicación social, la difusión de información y materiales de interés social y cultural para niños, niñas y adolescentes.
Para el acceso a la información se pueden utilizar medios físicos o digitales, sin embargo, en los digitales suelen existir mayor número de amenazas, sobre todo casos de acoso a niños, niñas y adolescentes. Por ejemplo, el ciberbullying, que es una forma de acoso y agresión que se produce entre pares, teniendo como medio la Internet, si no se denuncia a tiempo, puede dejar consecuencias en quienes han sufrido este daño.

Según un estudio de “Bullying Sin Fronteras” llevado adelante entre junio de 2017 y junio de 2018, 4 de cada 10 estudiantes entre los seis y 17 años han sufrido bullying o acoso escolar bajo la forma verbal, física y psicológica. Así mismo y dentro de esa estadística es cada vez mayor la incidencia de niños y adolescentes que padecen ciberbullying o ciberacoso.

Respuestas

Respuesta dada por: ingenierojesus22
7

Respuesta:

Explicación paso a paso:

El artículo 1º de la Constitución Política señala que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. ... El artículo 4º señala que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono.

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