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Los caracteres jurídicos del servicio público son la generalidad (todos tienen derecho a usarlo) igualdad (todos pueden exigirlo en igualdad de condiciones) regularidad y continuidad. (El servicio debe satisfacer la necesidad toda vez que ella se presente.)
cervanteslinette60:
gracias :)
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Se dice que el servicio público tiene por objeto la satisfacción de una necesidad colectiva, pero se aclara que es el legislador y no el juez quien aprecia cuándo hay en la sociedad una tal necesidad que deba ser atendida mediante el procedi- miento del servicio público.
Explicación:
de nada
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