Respuestas
El sufragio censitario consiste en la dotación del derecho a voto sólo a la parte de la población que está inscrita en un censo. Este censo suele tener ciertas restricciones, como por ejemplo ser varón (sufragio masculino), o tener unas determinadas rentas, o pertenecer a determinada clase social.
La Constitución de 1830 fue calificada como censitaria porque solo estaba permitido para un sector de la población que cumpliera con determinadas características.
En ese sentido, en la Constitución de Venezuela de 1830, reposó en el Artículo 27.- Para ser elector se requiere:
1. Ser sufragante parroquial no suspenso;
2. Haber cumplido veintiún años, y saber leer y escribir;
3. Ser vecino residente en cualquiera de las Parroquias del Cantón.
4. Ser propietario de una propiedad raíz, cuya renta anual sea doscientos pesos; o tener una profesión, oficio, o industria útil que produzca trescientos pesos anuales; o gozar de un sueldo anual cuatrocientos pesos
ヘ( ^o^)ノ\(^_^ )Si quieres aprender más de Historia, te comparto este enlace para complementar tu aprendizaje:
https://brainly.lat/tarea/10833574