• Asignatura: Derecho
  • Autor: jesus5597
  • hace 2 años

ensayo del artículo 16 de la constitución política​

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Respuesta dada por: 31estefaniaramirez
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Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

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