Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
En cuanto a la dignidad como principio del Derecho del Trabajo, nos encontramos con que la misma CPEUM señala: “Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley”.
Preguntas similares
hace 2 años
hace 5 años
hace 7 años