JORGE inicia en contra de DANIEL un proceso de restitución de inmueble arrendado. Allí, pretende el pago por perjuicios causados a la propiedad, los cuales estima en $100.000.000. Dicho monto fue objetado por la parte demandada; el Juez no accede a las pretensiones porque no se logró probar el monto de los perjuicios. La razón por la cual no se pudo demostrar el monto fue que CARLOS, el perito encargado de determinar el valor de los daños, no quiso presentarse a ratificar su pericia en juicio.
1.¿Puede el Juez imponer alguna sanción a JORGE por no lograr demostrar el valor de los perjuicios estimados bajo juramento?
Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Para, mí la respuesta es que no
Explicación:
Porque un juez no puede imponer ninguna sanción a un demandante, así no se haya comprobado la demanda, podría suceder, siempre y cuando el demandado presente una contrademanda o también si el juez encuentra perteninte sancionar al demandante por haber causado un perjuicio a la parte demandada intencionalmente y éste hecho haya sido comprobado, creo que sólo en esos 2 casos podría haber una sanción, pero al no ser ese el caso, la respuesta es que no, el juez en este caso no puede imponer ninguna sanción.
Espero te sirva mi respuesta :)
lerpedraza1979:
gracias
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