• Asignatura: Castellano
  • Autor: carmenediazc2015
  • hace 3 años

analisis del articulo 48 de la constitucion de venezuela​

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Respuesta dada por: mercado20169
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ARTÍCULO 48 Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas. No podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.

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