Respuestas
Respuesta:Habiendo examinado el informe del Comité Especial de los Seis sobre la transmisión de
información en virtud del inciso e del Articulo 73 de la Carta, creado por la resolución 1467
(XIV) de la Asamblea General de 12 de diciembre de 1 959 a fin de que estudiara los principios
que deben servir de guía a los Estados Miembros para determinar si existe o no la obligación de
transmitir la información que se pide en el inciso e del Artículo 73 de la Carta e informara a la
Asamblea en su decimoquinto período de sesiones sobre el resultado de su estudio,
1. Expresa su reconocimiento por las actividades del Comité Especial de los Seis sobre la
transmisión de información en virtud del inciso e del Artículo 73 de la Carta;
2. Aprueba los principios enunciados en la subdivisión B de la sección V del informe del Comité
con las modificaciones introducidas y tal como figuran en el anexo a la presente resolución;
3. Decide que dichos principios deben aplicarse a la luz de los hechos y de las circunstancias de
cada caso para determinar si existe o no la obligación de transmitir la información que se pide en
el inciso e del Articulo 73 de la Carta.
948a. sesión plenaria 15 de diciembre de 1960.
Explicación: ESPERO QUE TE AYUDE