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Respuesta dada por:
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Respuesta:Artículo 31. - Participación ciudadana en asuntos públicos Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas,Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil
Explicación:espero te sirva
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