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Respuesta dada por: yaninetbarrientos14
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Civ. Persona física, colectividad o entidad a la que se le atribuye legalmente capacidad jurídica.

La razón por la que se estudia este tema es la insistencia generalizada con la que se habla de derechos y no de deberes; ésta es una de las razones por las que vivimos la situación actual. Se olvida que el derecho en sí mismo contiene el deber correspondiente: el derecho de un sujeto despierta siempre en otro la obligación de no impedir su ejercicio. A contrario sensu, con esto se pone de manifiesto que el deber mismo es garantía para el ejercicio de los derechos al no impedir su ejercicio. Así no puede pretenderse el orden justo, ni pensar construirlo sobre los derechos, rechazando los deberes.

De la polémica sobre la correlación o no entre derecho y deber, opto por aquellos que la aceptan: pues al ejercicio del derecho de uno corresponde el cumplimiento del deber de otro. Esta correlación se da incluso en el ámbito intrapersonal; y por supuesto en el ámbito social y político: los mismos derechos obligan a respetar y tolerar otras ideas; la sociedad democrática basa su ordenamiento legal en los derechos y deberes de los individuos.

Tanta es la fuerza de la vinculación, que su necesidad ha trascendido a nivel regional, teniendo un ejemplo de ello en la Declaración Interamericana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948.

Palabras clave: derechos, deberes, correlación, vinculación

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