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Respuesta: Page 4 Solamente el Presidente de la República podrá presentar proyectos de ley mediante los cuales se creen, modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político-administrativa del país (art. 147, CPE). Tienen iniciativa para proponer leyes: 1.
Explicación: espero q te sirva :)
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