como fue el proceso de adquisicion del derecho politico para toda la ciudadania argentina????
plisss ayudaaaaaaaa
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2
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ARTICULO 6° - Los argentinos nativos pierden la ciudadanía:
a) Por traicionar a la Nación o incurrir en los hechos condenados por los artículos 15 y 21 de la Constitución Nacional.
b) Por desertar de las fuerzas armadas argentinas en caso de guerra.
c) Por naturalizarse en país extranjero.
ARTICULO 7° - Los argentinos nativos y los naturalizados pierden la ciudadanía por aceptar honores o distinciones otorgados por gobiernos extranjeros, sin dar cuenta inmediata al Poder Ejecutivo u ostentar esos honores o distinciones, o aceptar empleo de ellos, sin su autorización.
Maykolt:
hola
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