Proponer recomendaciones para el cumplimiento de normas tributarias

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Respuesta dada por: holatiktoker
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Respuesta:

A fin de garantizar el cumplimiento de los principios de predictibilidad o de confianza legítima, uniformidad y simplicidad, se someta a evaluación la incorporación de un procedimiento específico en el TUPA de la SUNAT, que regule el trámite de dichas solicitudes, el que deberá contener el detalle de los requisitos referidos a la información y/o relación de documentos que se consideren necesarios para acreditar el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley No. 28424; incluyendo el plazo legal de atención y la consecuencia legal de su vencimiento sin obtener una respuesta por parte de la Administración Tributaria, previstos en dicho instrumento legal. Ello considerando que el acápite 2 del numeral 42.1 del artículo 42 del TUO de la Ley No. 27444, dispone que los TUPA comprende la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento.

Para garantizar el cumplimiento de los principios del debido procedimiento, verdad material, impulso de oficio, informalismo y eficacia, que durante la evaluación de las referidas solicitudes de devolución, de considerarse pertinente, la SUNAT realice a los contribuyentes requerimientos de información y/o documentación específica, que guarden una relación concreta y directa con los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ley No. 28424, con la finalidad de otorgarles la oportunidad de subsanar, de forma documentada, las omisiones u observaciones detectadas por la Administración Tributaria; emitiendo, en consecuencia, una decisión motivada de acuerdo al resultado de dichos requerimientos.

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