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El sistema punitivo aplicado a los indígenas, judicialmente declarados como apóstatas por las visitas de idolatrías, tuvo una serie de peculiaridades que implicaron la reformulación de la tipología penal y sus finalidades, que fueron diferentes de las consideradas en el orden del Antiguo Régimen. Se produjo, en efecto, una fisura en el sistema punitivo susceptible de ser calificado como modernizante o protomoderno. Ello, porque con base en el estatuto protector indígena y la praxis judicial, se idearon castigos cuyos objetivos debieron adecuarse a la realidad cultural de las poblaciones andinas. Se estatuyó, por ejemplo, la cárcel en el sentido moderno y se descartaron otras por la imposibilidad de ser aplicadas.
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xd
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