Hacer un comentario del Articulo 43 de la constitución política de Colombia
gedo07:
pueden seguirme en youtube aparezco como Juancho1703river
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La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.
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