Hacer un comentario del Articulo 43 de la constitución política de Colombia


gedo07: pueden seguirme en youtube aparezco como Juancho1703river
saraacem13: no

Respuestas

Respuesta dada por: edinsonvel09
1

Respuesta:

La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

Explicación:


saraacem13: ya se cul es el articulo
saraacem13: cual*
saraacem13: lo necesitaba era que hicieras un comentario sobre ese articulo
Preguntas similares