Respuestas
Respuesta:
Las fuentes de la interpretación o también conocida como según la persona que la realiza, puede ser auténtica, judicial y doctrinal.
Los alcances de la interpretación o también conocido como según el resultado, puede ser declarativa (o estricta), extensiva y restrictiva, la interpretación declarativa es la fusión entre el tenor literal y el espíritu de la ley, la interpretación extensiva permite al intérprete ampliar el alcance de las palabras utilizadas por el legislador (en contravía de la seguridad jurídica) y la interpretación restrictiva se diferencia de la anterior porque se caracteriza en limitar el alcance de las palabras.
Los métodos de interpretación o también conocidos como según los medios utilizados por el intérprete, pueden ser gramaticales, sistemáticos, históricos, genéticos y teleológicos
Explicación:
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