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Este artículo 108 Constitucional, establece una amplia cobertura sobre los sujetos que pueden incurrir en responsabilidad, por la violación a la Constitución y las Leyes Federales; así como, por el manejo indebido de fondos y recursos federales. Sin embargo, en este último elemento de responsabilidad que atiende la gestión de los recursos económicos, no se incorpora al Gobierno Municipal; siendo que éstos, también son receptores de recursos federales.
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aa en el año trescientos cuarenta en el año ese
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