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la verdad es que no lo sé no presté atención en es momento
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El cabildo —también llamado ayuntamiento o concejo (concillium)— era el representante legal de la ciudad o villa, el órgano municipal por medio del cual los vecinos velaban por los problemas judiciales, administrativos, económicos y militares del municipio.
Las funciones del Cabildo iban desde el buen gobierno de la ciudad, el control del presupuesto y de las rentas del municipio y el correcto abastecimiento de víveres, hasta la persecución de la delincuencia y la administración de la justicia local.
Se trataba de la única autoridad elegida por la sociedad local y estaba conformada por los “vecinos” de Buenos Aires. Sus funciones comprendían la administración, la vigilancia, el abastecimiento, la impartición de justicia, la administración y organización de la ciudad y las áreas rurales que la rodeaban.
Además de los alcaldes y regidores, el Cabildo se compuso de una serie de funcionarios entre los cuales se pueden señalar al alférez real (heraldo y portaestandarte de la ciudad), el depositario general (de los bienes en litigio), el fiel ejecutor (inspector de pesas y medidas y de los precios en tiendas y mercados).
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