Teniendo presente el artículo 301 de la constitución política de Colombia


Vas ahora a interpretarlo aún más; dando un ejemplo de su aplicación en el departamento del Atlántico (es decir vas a identificar su desarrollo y ejecución en nuestra realidad departamental)

Respuestas

Respuesta dada por: deirenandresbastidas
0

Respuesta:

La Constitución Política de 1991 (C.P) establece que Colombia es una república unitaria.

Sin embargo, dentro de su organización territorial (Art. 285-321 C.P.) se contempla la

descentralización administrativa, lo cual implica que gran parte de la administración del

Estado se reparte entre las entidades administrativo-territoriales de menor nivel. El

artículo 286 de la Constitución establece que “son entidades territoriales los

departamentos, municipios, distritos y territorios indígenas, los cuales conforman los

diferentes niveles de organización territorial de la república”.

Así mismo, en el artículo 287 de la Constitución se establece que “las entidades

territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de

la Constitución y la ley, y que, en tal virtud, tendrán los siguientes derechos:

1. Gobernarse por autoridades propias.

2. Ejercer las competencias que les correspondan.

3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de

sus funciones.

Explicación:

Respuesta dada por: ninaila0505
0

Respuesta:

ahhh, ya la respondieron

Explicación:

Preguntas similares