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Las Asambleas Departamentales en Colombia son corporaciones públicas de carácter político y administrativo que gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio. Están conformadas por no más de 11 diputados ni menos de 31,1 elegidos por voto directo y universal para un periodo de cuatro años,2 con posibilidad de ser reelectos de forma inmediata. Ellas emiten ordenanzas y resoluciones de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial. Su equivalente en las ciudades son los concejos municipales y en las comunas o localidades son las juntas administradoras locales. En sentido amplísimo, su equivalente a nivel nacional es el Congreso que es el único órgano legislativo del Estado Colombiano por ser un estado unitario
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