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Art. 123 - Cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto por el Art. 5 asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.
andrerica85:
bien... me ayuda de algo
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Todas las provincias argentinas son autónomas porque tienen sus propias constituciones, sus gobiernos y sus administraciones de justicia, así como lo determina nuestra Constitución Nacional.
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