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Depende de la constitución a la cual te estés refiriendo, en líneas generales dicho tópico se aborda en una ley orgánica, que es una ley complementaria a los preceptos de la carta magna.
Por ejemplo, en el caso de Venezuela, a nivel internacional se consagra en la Convención sobre los Derechos del Niño, y a nivel nacional se basa en Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente:
Artículo 38° Prohibición de Esclavitud, Servidumbre y Trabajo Forzoso. Ningún niño o adolescente podrá ser sometido a cualquier forma de esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso.
Explicación:(^-^)/ Espero que te haya sido útil
jafetisaiasd:
necesito de mexico
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