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1.- A asistir a los acontecimientos deportivos organizados por el Club de acuerdo con las localidades que en cada momento tengan asignadas los socios en función de las disponibilidades existentes. Para cada instalación o modalidad deportiva del Club, sólo podrá concederse para sus localidades un único abono a favor de un único socio.
2.- Queda expresamente prohibida la cesión onerosa por parte de los socios abonados del derecho a asistir a acontecimientos deportivos en las localidades objeto de los abonos, excepto cuando la cesión se haga a través del propio Club o a favor de éste.
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