• Asignatura: Castellano
  • Autor: mariaro200803
  • hace 3 años

es de constitución política
actividad
escribe en tu cuaderno y Analiza los artículos de la constitución 23 y 86 de la constitución de colombia

el que me ayude le doy corona​

Respuestas

Respuesta dada por: h1midat0
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Respuesta:

ARTICULO 23.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Artículo 86 ARTICULO 86º—Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten

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