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Las obligaciones financieras “son cantidades de efectivo recibidas a título de mutuo y se deben registrar por el monto de su principal” (Decreto 2649 de 1993), se establecen con bancos nacionales o bancos del exterior –según sea la moneda nacional o extranjera– bajo las figuras de sobregiros, pagarés, cartas de crédito.
Explicación: Espero te ayud.
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3
Respuesta: Las obligaciones representan obligaciones por operaciones de financiación que contrae la empresa con instituciones financieras, también representan el valor de los compromisos contraídos por la compañía mediante la obtención de recursos provenientes de establecimientos de crédito
tales como organismos cooperativos, ong, del país o del exterior
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