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Explicación:
LOS ESTADOS FINANCIEROS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO, CAMBIOS EN LA SITUACIÓN FINANCIERA Y DE FLUJO DE EFECTIVO DEBEN IR O NO SUSCRITOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL, EL CONTADOR Y EL REVISOR FISCAL. ASÍ MISMO EN ESTOS CASOS INDICARNOS LA NORMA QUE SIRVE DE FUNDAMENTO A LA RESPUESTA.
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