• Asignatura: Historia
  • Autor: barbygar08
  • hace 3 años

De aqui se basa la pregunta:
La validez de la Corte Penal Internacional en Mexico, depende de la aprobacion del gobierno.
PREGUNTA:
¿Que sucederia si quien comete un crimen como genocidio o de lesa humanidad fuera el propio gobierno mexicano?

Respuestas

Respuesta dada por: steven6116
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Respuesta:

Aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional.

Préambulo

Conscientes de que todos los pueblos están unidos por estrechos lazos y sus culturas configuran un patrimonio común y observando con preocupación que este delicado mosaico puede romperse en cualquier momento,

Teniendo presente que, en este siglo, millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad,

Reconociendo que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad,

Afirmando que los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo y que, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia,

Decididos a poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y a contribuir así a la prevención de nuevos crímenes,

Recordando que es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales,

Reafirmando los Propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, que los Estados se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,

Destacando, en este contexto, que nada de lo dispuesto en el presente Estatuto deberá entenderse en el sentido de que autorice a un Estado Parte a intervenir en una situación de conflicto armado en los asuntos internos de otro Estado,

Decididos, a los efectos de la consecución de esos fines y en interés de las generaciones presentes y futuras, a establecer una Corte Penal Internacional de carácter permanente, independiente y vinculada con el sistema de las Naciones Unidas que tenga competencia sobre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto,

Destacando que la Corte Penal Internacional establecida en virtud del presente Estatuto será complementaria de las jurisdicciones penales nacionales.


barbygar08: Muchas gracias de verdad!❤
morawerner2005: de nada ;)
Respuesta dada por: morawerner2005
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Respuesta:

De la firma del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional por parte de México, compromisos derivados implícitos y explícitos que es necesario cumplir. De una parte, la obligación de tipificar, en el ámbito interno, los delitos de competencia de la Corte y, de la otra, la obligación explícita de contar con disposiciones internas que permitan sancionar los delitos cometidos contra la administración de justicia en procedimientos efectuados en la Corte o en conexión con ella y que también asegurarán los procedimientos aplicables a las formas de cooperación previstas en el Estatuto. El presente trabajo explora las diversas formas en que los Estados han procurado cumplir con estas obligaciones y propone las vías que reciben más factibles en el caso de México, haciendo especial referencia a los crímenes de genocidio, lesa humanidad y de guerra.

Explicación:

espero te sirva


barbygar08: Gracias enserio!!!
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