Respuestas
Respuesta:
Con fundamento en la distinción entre juicios morales y jurídicos, el autor defiende
la tesis de que la tortura, en ciertos casos, puede estar moralmente permitida. En
consecuencia, se ubica en el bando de quienes se muestran contrarios a la posición de
los absolutistas morales que no admiten en ningún caso y bajo ninguna consideración
la posibilidad de la tortura. Por esto, en el texto se defiende que bajo situaciones
particulares y desde una perspectiva moral, no es descartable que la tortura esté
permitida. Ahora bien, ello ni puede significar una defensa a permitir jurídicamente
la tortura, ni mucho menos avalar o no condenar ni mostrar el más absoluto rechazo
a las torturas aplicadas en diferentes momentos por parte de diferentes gobiernos o
cuerpos de seguridad.
Explicación: