• Asignatura: Biología
  • Autor: emilianomercadovazqu
  • hace 3 años

son instalaciones costeras que reciben embarcaciones de Gran calado que navegan entre puertos nacionales e internacionales​

Respuestas

Respuesta dada por: aranogeraldine337
14

Respuesta:

puertos de altura

Explicación:

de nada


alilukawaiB3: gracias me ayudaste muchisisisimo
Respuesta dada por: emiliosmo10
4

Respuesta:

NORMA Oficial Mexicana NOM-002-SCT4-2013, Terminología Marítima-Portuaria.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Coordinación General de Puertos y Marina Mercante.

GUILLERMO RUIZ DE TERESA, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracciones II, III y IX, 40 fracciones I, III y VIII, 41 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 7 fracción I y 8 fracciones I y XXII, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 28 y 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 2o. fracciones VI y XXIII, 6o. fracciones XIII y XVII, y 28 fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal regular las vías generales de comunicación por agua y los servicios que en ella se prestan, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo.

Que es necesario establecer en la normatividad nacional la terminología más comúnmente empleada en el ámbito marítimo, con la finalidad de permitir a todos los sectores relacionados con dicha actividad, un mejor conocimiento, comprensión y aplicación de los términos inherentes; a la vez que, sin ser exhaustiva, busca su homologación con respecto a las regulaciones nacionales e internacionales vigentes, tomando además en cuenta, los usos y costumbres propios del sector, por lo que debe utilizarse para la elaboración de documentos y comunicaciones oficiales.

Que con fecha 16 de noviembre de 2012, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Marina Mercante presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, el anteproyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT4-2003, Terminología Marítima-Portuaria.

Que con fecha 25 de abril de 2013, una vez aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, y en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al mencionado Comité Consultivo Nacional de Normalización.

Que durante el plazo legal de comentarios a que fue sometido el proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT4-2003, Terminología Marítima-Portuaria, se recibieron comentarios, por lo que con fecha 16 de octubre de 2013, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, la respuesta a los comentarios recibidos al proyecto, en términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos he tenido a bien expedir la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT4-2013, Terminología Marítima-Portuaria.

Atentamente

El Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, Guillermo Ruiz de Teresa.- Rúbrica.

NOM-002-SCT4-2013, TERMINOLOGÍA MARÍTIMA-PORTUARIA

ÍNDICE

1. Objetivo y campo de aplicación.

2. Introducción y metodología.

3. Referencias.

4. Definiciones.

5. Vigilancia.

6. Bibliografía.

7. Concordancia con normas internacionales.

8. Vigencia.

 

9. Transitorio.

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes dependencias, cámaras, Asociaciones, Institutos y Empresas:

DEPENDENCIAS:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Dirección General de Marina Mercante.

Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante Nacional.

Secretaría de Energía

Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

Secretaría de Gobernación

Centro Nacional de Prevención de Desastres.

Secretaría de Marina

Dirección General de Construcción y Mantenimiento Naval.

Secretaría de Turismo

Dirección General de Mejora Regulatoria.

Dirección de Normalización y Certificación.

Explicación:


alilukawaiB3: wtf
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