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CAPITULO 2. Derechos del Aprendiz SENA
ARTÍCULO 2°. El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica.
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mira allí está el resumen del artículo 2 de sena
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