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El orden jurídico garantiza la libertad y los derechos humanos con ese orden jurídico del Estado. Esa es una de las características del Estado de derecho material personalista. Sin embargo, pueden existir circunstancias excepcionales que ese orden no puede resolver. Por ejemplo inundaciones que atraen consigo crisis económicas, de abastecimiento de alimentos, sanitarias. En tales supuestos, simplemente enumerados, se hacen necesarias medidas extraordinarias, por lo que toman decisiones sin evaluar los efectos en el mediano y largo plazos (como permitir construcciones en zonas inundables).
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