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Normas jurídicas. Son definidas por una autoridad, habitualmente el Estado. Incluyen la imposición de una pena a su incumplimiento.
Normas morales. Están dictadas por la propia consciencia, a partir de valores morales. Los mismos se desarrollan a partir de la propia experiencia y la influencia de diferentes grupos, como la familia, la religión, la escuela, las amistades e, indirectamente, la sociedad en su conjunto. Se asemejan a las normas sociales en que su incumplimiento no tiene una sanción institucionalizada pero sí puede provocar el rechazo de un grupo o la sociedad.
Normas religiosas. Están determinadas por la interpretación de escrituras sagradas que hace cada comunidad. Cuando en una sociedad la mayor parte de la población pertenece a la misma religión, es habitual que las normas religiosas se confundan con las normas sociales o incluso que se conviertan en normas jurídicas.
Normas sociales. Asociadas a las normas morales, pero que pueden contradecir la moral de un individuo. Se desprenden del respeto a los demás y la armonía en la convivencia, además de los otros valores morales sostenidos por los grupos.
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