DESDE LA VIDA FAMILIAR HASTA LA GUERRA NECESITAN NORMAS DE CARÁCTER OBLIGATORRIO
El derecho humanitario en manera alguna guerra. Lo que busca es garantizar que las partes en contienda adopten las medidas para proteger a la persona humana. Las normas humanitarias, lejos de legitimar la guerra, aparecen como una proyección de la búsqueda de paz, que es en el constitucionalismo colombiano un derecho y un deber obligatorio cumplimiento, lo cual confiere nuevas bases constitucionales al protocolo II. Esto obviamente no significa, como bien lo destaca el Ministerio Público, que las normas humanitarias sólo se puedan y deban aplicar en escenario de una eventual negociación, pues ellas son obligatorias per se para las partes en un conflicto armado. Además, la aplicación del derecho internacional humanitario no menoscaba la responsabilidad del gobierno de mantener o restablecer el orden púbico, como lo precisa el artículo 3° del protocolo II
A lo largo de la historia y en muchas culturas, ha habido niños involucrados en campañas militares, incluso cuando estas practicas estaban en contra de sus usos culturales.
En la Europa medieval, se usaba a niños como asistentes en la batalla (escuderos), aunque en su papel en los combates reales era limitado. La llamada Cruzada de los niños en 1212 reclutó a miles de niños como soldados sin entrenamiento, bajo la asunción de que el poder divino les permitiría vencer al enemigo. Los niños no llegaron a entrar al combate real. Sin embargo, sus planes no fructificaron, pues las aguas no se abrieron a su paso y la comitiva se desbandó. Algunos emprendieron el camino de vuelta a casa, otros fueron a Roma y los restantes pudieron haber seguido el curso del Ródano hasta Marsella, donde fueron probablemente vendidos como esclavos. Poco volvieron vivos a sus casas y ninguno llegó a la Tierra Santa.
Pero en la actualidad existen convenios, tratados y leyes que regulan esas prácticas; adicionalmente dichos convenios prohíben hacer padecer hambre a la población civil del enemigo, destruir los bienes indispensables para su supervivencia y causar daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural.
Sobre los niños y las mujeres se exige un respeto espacial y protección contra cualquier forma de atentado al pudor.
En general, los convenios de Ginebra y La Haya son un esfuerzo por poner las normas al servicio del respeto y la dignidad del ser humano.
REFLEXIÓN
Nuevamente leo el texto para conocerlo más detalladamente y si tengo nuevos comentarios los hago saber a todo el grupo, para someterlos a discusión y tener claro mi punto de vista con respecto a la lectura. Luego reflexiono sobre los siguientes cuestionarios y doy respuesta a ellos.
1. ¿Cuál es el propósito general de las leyes?
2. ¿He visto la manera en que las leyes contribuyen a mejorar las relaciones entre las personas? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Cuándo?
3. ¿Qué aspectos de la vida no requieren la existencia de leyes? ¿Porqué?
4. ¿existirán maneras de ser y de actuar de las personas que hagan menos necesaria la existencia de leyes? ¿Cuáles serían esas posibles maneras?
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Explicación:
no puemos escibe
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